La Ley de Tránsito de Guatemala establece diferentes normativas que las autoridades de tránsito, incluyendo las municipales de tránsito y la Policía Nacional Civil, deben hacer cumplir para garantizar la seguridad vial en el país.
A continuación, te presentamos 10 datos curiosos que probablemente desconocías acerca de esta La Ley de Tránsito de Guatemala, ¡presta atención!

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Uso del cinturón de seguridad: No es obligatorio para personas menores de 1.50 metros de altura y mujeres embarazadas. Esta excepción aplica en caminos de terracería y durante maniobras de reversa.
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Límite de velocidad para aprendices: Si estás aprendiendo a manejar, debes saber que no puedes exceder los 80 km/h en las principales vías. Las autoridades de tránsito supervisan que se respete este límite para proteger a todos los usuarios de la vía.
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Transporte en pickups: según el Reglamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil, está permitido transportar hasta 16 personas si el pickup es de palangana larga y 12 en caso de ser palangana corta. Sin embargo, esto solo es válido dentro del área urbana y a una velocidad máxima de 50 km/h. Recuerda que las autoridades de tránsito supervisan que estas condiciones se cumplan para evitar accidentes y garantizar la seguridad de los pasajeros.
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Luces en motocicletas y vehículos: Las motos deben circular siempre con las luces encendidas. En caso de los automóviles también deben hacerlo durante la noche y si transitan por carriles reversibles habilitados. No olvides que la Policía Nacional Civil realiza operativos constantes para asegurar el cumplimiento de esta disposición.
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Cooperación en operativos de tránsito: Es obligatorio colaborar en todos los operativos de tránsito organizados por las autoridades competentes, ya sean municipales de tránsito o la Policía Nacional Civil.
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Responsabilidad del propietario del vehículo: Si un vehículo se ve involucrado en un accidente, el propietario será responsabilizado, aunque no esté conduciendo en ese momento. Las autoridades de tránsito investigan estos casos para determinar las obligaciones correspondientes.
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Responsabilidad en atropellos a peatones: Si un peatón cruza indebidamente o por lugares no señalizados y es atropellado, el piloto no es considerado responsable en primera instancia. Sin embargo, es fundamental que tanto las personas que caminan en la vía como conductores actúen con precaución y respeto mutuo.
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Seguro de responsabilidad civil: Es recomendable que todos los vehículos deben contar con un seguro de responsabilidad civil contra terceros.
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Prohibición de uso de auriculares al conducir: Está prohibido manejar utilizando audífonos conectados a aparatos de sonido o celulares. La Policía Municipal de Tránsito sanciona a quienes incumplan esta norma para prevenir distracciones al volante.
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Derecho prioritario de vía: Se otorga prioridad a los peatones que cruzan por las zonas señalizadas como “cebras” y, luego, a los ciclistas. Las autoridades de tránsito enfatizan la importancia de respetar estos derechos para una convivencia vial armoniosa.
Estos datos reflejan la diversidad y especificidad de las normativas que las autoridades de tránsito en Guatemala aplican para mantener el orden y la seguridad en las vías. Es esencial que conductores, peatones y ciclistas conozcan y respeten estas disposiciones para contribuir a una movilidad más segura y eficiente.
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