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Entra en vigencia el nuevo Acuerdo Gubernativo número 17-2020

A raíz del incremento de accidentes  de tránsito en Guatemala  el Organismo Ejecutivo emitió el Acuerdo Gubernativo número 17-2020 el “Reglamento Para La Contratación Del Seguro Obligatorio De Responsabilidad Civil Contra Terceros Del Transporte Colectivo Urbano De Pasajeros Y De Carga” el cual  entró en vigencia el 20 de febrero del 2020. Otorgando un plazo para la contratación del seguro de un mes siguiente a la entrada en vigencia del Reglamento, es decir hasta el 20 de marzo del presente año.

Los propietarios de vehículos de transporte colectivo y de carga utilizados para actividades comerciales que estén previamente autorizados para circular por la vía pública deberán contratar y mantener vigente un seguro de responsabilidad civil contra terceros y ocupantes para indemnizar por muerte, lesiones o daños y perjuicios a las personas afectadas  como resultado de un hecho de tránsito.

El seguro también deberá cubrir todos los daños producidos por dichos vehículos a la propiedad privada, propiedad pública, al medio ambiente y a las personas que se conduzcan o no en el vehículo asegurado.

 

Sanciones

El propietario o conductor que preste servicio de  transporte colectivo urbano de pasajeros o de carga que no cumpla con  el requisito de seguro vigente pagará una multa de Q 15,000.00 que será impuesta por el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil o la Municipalidad a quien se le haya delegado la autoridad según lo establecido en el artículo 30 de la Ley de Tránsito decreto 132-96 del Congreso de la República de Guatemala.

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