La Ley de Tránsito de Guatemala contempla casos específicos en que se puede cancelar definitivamente una licencia de conducir.
Estar al volante de un vehículo es una gran responsabilidad, y para asegurar que quienes lo hagan estén capacitados se examina a los conductores antes de emitirles una licencia dependiendo del tipo de vehículo que operarán.
Los requisitos para solicitar una licencia por primera vez son:
Sin embargo, hay casos en que los conductores incurren en acciones imprudentes repetitivas que ponen en riesgo a otros automovilistas o a los peatones y, como respuesta, las autoridades tienen que intervenir mediante la suspensión o cancelación de la licencia de conducir.
La suspensión, que es de seis meses, puede ser un primer paso antes de la cancelación y ocurre cuando las autoridades de tránsito hayan impuesto al titular cinco amonestaciones administrativas o tres multas administrativas por infracciones que haya cometido en un mismo año.
Los casos contemplados en el Artículo 192 de la Ley de Tránsito para la cancelación de la licencia son:
El periodo de cancelación puede variar entre seis meses y un día hasta un año, y transcurrido este periodo el conductor podrá solicitar una nueva licencia cumpliendo con los requisitos estipulados para la emisión por primera vez y contratando un seguro de autos especial.
En el caso de cancelación por orden judicial, el plazo corresponderá a lo dictaminado por los juzgados según estipulen las normas penales aplicables.
Contar con una licencia de conducir vigente al ponerse tras un volante y manejar con prudencia y precaución es una obligación de todo conductor. Se trata de que nos hagamos responsables de respetar los reglamentos pero, sobre todo, la vida de los demás.